La resposabilidad de los medios de comunicación en sus publicaciones cuando hay menores de edad


Salta, 20 de marzo del 2019




Hola Mí Gente: Les quería comentar que me llamó poderosamente la atención a una publicación del diario El Tribuno versión papel, en la hoja 12 - Sección Policial, se publica sin ningún tipo de cuidado, el certificado médico en donde consta el nombre de la niña que fue abusada sexualmente, en el norte de nuestra provincia.

Es cada vez más común que, cuando un niño o niña se ve involucrado en alguna situación que interesa a los medios, éstos publiquen sin el debido consentimiento las fotos y conversaciones que ese niño subió a redes sociales, en su perfil personal.

Existe un marco legal de resguardo hacia los mismos:

Así tenemos a ley de Protección de Datos Personales y el Código Civil y Comercial que no diferencian entre el tratamiento público de los datos personales en general y de aquellos pertenecientes a personas menores de edad.

Sin embargo, la Convención sobre los Derechos del Niño, que en nuestro país tiene rango constitucional, establece que el interés superior del niño debe ser preservado por encima de cualquier otro interés. Eso implica que el derecho a la privacidad e intimidad prevalece cuando está en conflicto con la libertad de prensa.

El derecho a la privacidad e intimidad familiar de las niñas, niños y adolescentes está comprendido, a su vez, en el artículo 10 de la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, el cual establece que éstas/os “tienen derecho a la vida privada e intimidad de y en la vida familiar”; en el artículo 22 que refiere al derecho a la dignidad señala expresamente que no se pueden exponer, difundir o divulgar datos, informaciones o imágenes que permitan identificar, directa o indirectamente a niños, niñas y adolescentes, a través de cualquier medio de comunicación o publicación en contra de su voluntad y la de sus padres, representantes legales o responsables, cuando se lesionen su dignidad o la reputación de las niñas, niños y adolescentes o que constituyan injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada o intimidad familiar.

Es fundamental recordar la responsabilidad que conlleva informar sobre niñez y adolescencia. Los comunicadores deben “procurar informar con fidelidad y sensibilidad cuando se abordan asuntos relacionados con niñas, niños y adolescentes, describiendo el contexto de una manera respetuosa y protegiendo su identidad e integridad.

Es por ello que entiendo que el matutino debería retirar inmediatamente de los quioscos los ejemplares del día de la fecha y; así como también hacer público su error y solicitar las disculpas del caso.


Si te gustó la publicación ayudáme a difundirla, y compartirla entre tus contactos, así todos aprendemos un poco más sobre nuestros derechos.

Sepa que su consulta no nos molesta.


Emilio Sebastián Ruíz
Abogado – M.P. Nº 2302
Salta